"TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 050/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Otórgase una dieta mensual a los Consejeros Escolares del ------------ Partido de Balcarce, en concepto de indemnización, equiva- lente a dos (2) sueldos mínimos del personal municipal.----------------- ARTICULO 2.- Esta Ordenanza tendrá vigencia hasta tanto la Honorable - ------------ Legislatura Provincial modifique el Artículo 39 de la Ley 6.266 y estipule la indemnización de los Consejeros Escolares.---------- ARTICULO 3.- Créase en el Presupuesto General de Gastos 1984 la partida ------------ pertinente.----------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a nueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alberto J.B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------------